Sentencia N° 281 — Sala de Casación Civil del TSJ, 4 de junio de 2002
TSJ/SCC, Sent. N° 281, Exp. 00-830, 04/06/2002
Expediente00-830
PonenteGILBERTO GUERRERO QUINTERO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-06-04
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte actora, CARTON DE VENEZUELA, S.A., contra la sentencia del Juzgado Superior Quinto que había declarado sin lugar la demanda y parcialmente con lugar la reconvención de la demandada, ELECTROSPACE, C.A. La controversia se centra en el incumplimiento de obligaciones contractuales relacionadas con la instalación de equipos de telecomunicaciones y la entrega de especificaciones técnicas necesarias para su ejecución. La Sala concluye que la sentencia recurrida incurrió en incongruencia al no pronunciarse sobre la obligación de la demandada de entregar los 'site surveys' requeridos para la realización de las obras civiles.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la recurrida hace mención en cuanto a que la actora atribuye la tardanza en la realización de las obras civiles, que le correspondía efectuar, a la no recepción oportuna de los 'site surveys'. Sin embargo, sobre el punto no emite ningún pronunciamiento. Al respecto, en orden a tal omisión, es oportuno observar que el incumplimiento es uno de los requisitos o elementos a ser analizados, como en el presente caso, correspondiendo al Juez el deber de valorarlo a la luz de las afirmaciones de los contratantes y de las pruebas aportadas al proceso; máxime cuando la relación jurídica contractual existente interpartes, por ser de cumplimiento recíproco o correspectivo, cada una de las mismas tiene obligaciones a su cargo. En consecuencia, por aplicación de la doctrina transcrita supra, y con base en los razonamientos expuestos, es evidente que la jueza superiora, al silenciar el alegato planteado tempestivamente por la parte actora, infringió las normas antes indicadas, por lo cual se declara procedente la presente denuncia.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones expuestas, este Supremo Tribunal de Justicia en Sala de Casación Civil (Accidental), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte actora en contra de la sentencia de fecha 12 de julio de 2000, dictada por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y, en consecuencia, casa la sentencia recurrida y ordena al Tribunal Superior que resulte competente dictar nueva decisión sin incurrir de nuevo en las infracciones señaladas.
Palabras clave
contrato de serviciosincumplimientotelecomunicacionessite surveysobligaciones recíprocascasacióndecisión judicial