Sentencia N° 273 — Sala de Casación Civil del TSJ, 26 de mayo de 2023

TSJ/SCC, Sent. N° 000273, Exp. 22-245, 26/05/2023
Expediente22-245
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-05-26
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia del 26 de mayo de 2023, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo que había declarado con lugar la demanda por nulidad de asamblea. La decisión se fundamenta en la errónea interpretación del artículo 277 del Código de Comercio, que establece la obligación de especificar claramente los puntos a tratar en las convocatorias de asambleas. La Sala reafirma que la falta de claridad en el orden del día vulnera el derecho de información de los accionistas.

Extracto de la motiva

En este caso, conforme a todo lo precedentemente expuesto se observa, que el abogado formalizante omite el cumplimiento de los requisitos mínimos necesarios para que la Sala pueda examinar los supuestos fundamentos de su recurso extraordinario de casación, lo que impide su conocimiento y determina su perecimiento. Así se decide. Por otra parte no menos importante, esta Sala extremando sus funciones jurisdiccionales con el sólo fin de cumplir con una tutela judicial efectiva, conforme al principio constitucional contenido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y después de revisado el fallo impugnado determina, que no se encuentra falta alguna que amerite el uso de la facultad excepcional de casar de oficio la decisión recurrida, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso de casación, anunciado y formalizado por la representación judicial de la parte demandada, PROMOCIONES TIANO-QUEL, S.R.L. y la ciudadana GLADYS JOSEFINA BALI ASAPCHI, contra la sentencia dictada en fecha 21 de noviembre de 2019, por Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se condena en costas del recurso a la parte demandada.

Palabras clave

nulidadconvocatoriasasambleascasaciónderecho de información

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