Sentencia N° 265 — Sala de Casación Civil del TSJ, 28 de mayo de 2025

TSJ/SCC, Sent. N° 000265, Exp. 24-663, 28/05/2025
Expediente24-663
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2025-05-28
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia interlocutoria del Juzgado Superior Quinto. La decisión se basa en que la sentencia recurrida es interlocutoria y no pone fin al juicio, por lo que no es susceptible de casación inmediata. Además, se confirma la sentencia interlocutoria que declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido por la parte demandada.

Extracto de la motiva

En ese sentido, vistos los argumentos en los que se fundamentó el demandado recurrente, aprecia este Juzgador que la decisión contra la cual se recurre corresponde a una sentencia interlocutoria que no afecta al orden publico procesal, pues, es un principio del derecho Procesal, que las partes en un proceso judicial aporten todas las pruebas necesarias para sustentar sus pretensiones y defensas, concatenado con las facultades conferidas a los jueces de analizar cuantas pruebas sean aportadas al proceso, hasta la valoración que de ellas se tenga en la definitiva, a tenor de lo dispuesto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil. Lo que conlleva a determinar a este juzgador, que a pesar de que dicha decisión pueda causar un gravamen, este puede ser reparado en la sentencia definitiva en la oportunidad que se recurra de esta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 312 eiusdem. En razón de ello, en el presente caso no se cumplen los extremos legales correspondientes, para ser admitido el recurso de casación anunciado. En consecuencia, este Juzgado Superior, NIEGA LA ADMISION del recurso anunciado por el abogado Sergio Rafael Rodriguez Figuera, en su carácter de apoderado Judicial de la parte demandada. Asi se decide.

Dispositiva

SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto contra el auto de fecha 8 de octubre de 2024, dictado por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SE CONDENA EN COSTAS del recurso a la parte recurrente.

Palabras clave

recurso de casaciónsentencia interlocutoriaadmisibilidadpruebasderecho procesal

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