Sentencia N° 258 — Sala de Casación Civil del TSJ, 26 de mayo de 2023

TSJ/SCC, Sent. N° 000258, Exp. 23-081, 26/05/2023
Expediente23-081
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-05-26
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 26 de mayo de 2023, declaró SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte demandante contra el auto de inadmisibilidad del recurso extraordinario de casación. La decisión se fundamenta en que el recurso de casación no es admisible en este caso, ya que la sentencia recurrida es interlocutoria y no pone fin al juicio, permitiendo su continuación.

Extracto de la motiva

De acuerdo con las anteriores consideraciones, esta alzada concluye que no se cumple con el precitado requisito de la naturaleza de la decisión para acceder a sede casacional, por cuanto es necesario que la decisión recurrida se encuentre de alguno de los supuestos consagrados en el artículo 312 de Código de Procedimiento Civil, para que la misma tenga acceso al recurso de casación, lo cual evidentemente no ocurre en el presente caso, puesto que el fallo hoy recurrido es una sentencia interlocutoria que no pone fin al juicio ni impide su continuación,- Así se precisa. En virtud de lo antes expuesto, y por cuanto no se encuentran cumplidos los requisitos exigidos para la admisión del recurso de casación en cuestión, por cuanto los mismos deber ser recurrentes, es por lo que este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y de Transito (si) de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA la admisión del recurso extraordinario de casación anunciado por la parte intimante, contra la decisión dictadas por este tribunal en fecha 19 de diciembre de 2022.- Así se decide…

Dispositiva

Declara: SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la parte demandante, contra el auto de fecha 20 de enero de 2023, dictado por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda.

Palabras clave

casaciónsentencia interlocutoriaadmisibilidadpruebasrecursoprocedimiento civil

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