Sentencia N° 250 — Sala de Casación Civil del TSJ, 17 de mayo de 2023

TSJ/SCC, Sent. N° 000250, Exp. 23-019, 17/05/2023
Expediente23-019
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-05-17
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara perecido el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte demandada, INVERSIONES MHM, C.A., debido a la falta de formalización oportuna del mismo. La decisión se basa en el incumplimiento de la carga procesal de presentar el escrito de formalización dentro del lapso establecido por la ley, lo que conlleva a la sanción de perecimiento del recurso.

Extracto de la motiva

Del cómputo transcrito, se desprende que el lapso de cuarenta (40) días continuos para formalizar el recurso extraordinario de casación, más el término de la distancia de seis (6) días, transcurrió, entre los días 5 de diciembre de 2022 al 3 de febrero de 2023, ambos inclusive y la parte demandada recurrente no consignó el escrito de formalización en dicho período. Por tal motivo, la Sala estima que la falta de formalización oportuna impide cualquier otro tipo de pronunciamiento sobre el recurso extraordinario de casación, que no sea el acatamiento del mandato de declarar perecido ese medio extraordinario, por cuanto esta es la sanción prevista en la ley, por causa del incumplimiento de la carga procesal de presentar el escrito de formalización, impuesta en el artículo 317 del Código de Procedimiento Civil, lo que es acorde con el abandono del interés inicialmente manifestado mediante el anuncio, el cual decae frente a su acto volitivo y consiente de incumplir la carga de fundamentar los diversos motivos del recurso extraordinario de casación. (Cfr. Fallo N° 346, de fecha 12 de agosto de 2022, expediente N° 2019-174, caso: Hernán Olmedo Álvarez Hernández, contra Policlínica Maturín, S.A., y otros). Como consecuencia de las precedentes consideraciones, le es aplicable a este caso, el efecto previsto en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, al verificarse que no fue presentado el correspondiente escrito de formalización en el lapso señalado en la ley.

Dispositiva

Por consiguiente, el presente recurso extraordinario de casación anunciado por la demandada, debe ser declarado PERECIDO. Así se decide.

Palabras clave

recurso de casacióncarga procesalformalizaciónCódigo de Procedimiento Civilsanciónplazosinterésabandonar

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca