Sentencia N° 243 — Sala de Casación Civil del TSJ, 23 de abril de 2026
TSJ/SCC, Sent. N° 000243, Exp. 25-863, 23/04/2026
Expediente25-863
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2026-04-23
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso extraordinario de casación interpuesto por el abogado Whill R. Pérez Colmenarez en representación de Rafael Jesús Mujica Noroño, contra la decisión del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Lara. La sentencia de primera instancia había declarado parcialmente con lugar la apelación interpuesta por la parte demandada, revocando una medida cautelar de prohibición de vuelo sobre una aeronave.
La decisión se fundamenta en la falta de formalización del recurso dentro del plazo establecido, conforme a lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil. Se condena a la parte recurrente al pago de las costas procesales, y se ordena la remisión del expediente al juzgado de origen para su registro y publicación.
La sentencia fue firmada el 23 de abril de 2026 por la magistrada ponente Carmen Eneida Alves Navas, junto con los magistrados Henry José Timaure Tapia y José Luis Gutiérrez Parra.
Extracto de la motiva
En el caso de autos, la falta de actividad de la parte que anunció casación, acarrea el efecto procesal previsto por el legislador en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, el cual consiste en que se declara perecido dicho medio de impugnación. Habida cuenta de las consideraciones precedentes, y sobre la base de la certificación citada previamente, la Sala advierte que en el presente caso resulta aplicable el efecto previsto en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que, la parte que anunció el recurso de casación no cumplió con su carga de formalizarlo; siendo así, el recurso de casación anunciado por el apoderado judicial de la parte demandante, abogado Whill R. Pérez Colmenarez debe ser declarado perecido, tal como se hará de manera expresa, positiva y precisa en el dispositivo de esta sentencia. Así se establece.
Dispositiva
PERECIDO el recurso extraordinario de casación anunciado por el apoderado judicial de la parte demandante, abogado Whill R. Pérez Colmenarez, contra la sentencia dictada, el 7 de octubre de 2025, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción del estado Lara, con sede en Barquisimeto. SE CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas procesales del recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
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