Sentencia N° 220 — Sala de Casación Civil del TSJ, 18 de abril de 2024

TSJ/SCC, Sent. N° 000220, Exp. 24-049, 18/04/2024
Expediente24-049
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2024-04-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara con lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por el abogado Juan Alfonso Segueri, en representación de Freddy José Barreto Pérez, contra la decisión del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Lara. La decisión recurrida inadmitió un recurso de apelación por falta de legitimidad del abogado. La Sala revoca dicha decisión, declara la nulidad absoluta del fallo recurrido y admite la demanda de tercería presentada por Aurelia del Carmen Pérez de Quiroga, reconociendo su derecho de propiedad sobre el inmueble objeto de litigio.

Extracto de la motiva

Finalmente, la Sala encuentra necesario enfatizar en la existencia en autos de los requisitos que hacen procedente la pretensión invocada, fundada en instrumento cursante a los folios 13 y siguientes de la primera pieza del expediente, del cual se desprende inequívocamente el derecho que asiste a la demandante en tercería, que como fue analizado, demuestra la propiedad del bien inmueble objeto de litigio, derecho este que fue ratificado por la tantas veces comentada decisión de esta Sala de fecha 30 de mayo de 2019 (folios 65,66 y 67, entre otros, primera pieza del expediente), lo cual conduce a esta Máxima Juzgadora Civil a declarar con lugar la demanda de tercería planteada, como será declarado en el dispositivo del presente fallo. Así se establece.

Dispositiva

PRIMERO: CASA TOTAL y SIN REENVÍO el fallo recurrido y DECRETA SU NULIDAD ABSOLUTA. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de tercería incoada por la ciudadana Aurelia del Carmen Pérez de Quiroga contra la Sociedad Mercantil ARTEC CONSTRUCCIONES, C.A., representada por el ciudadano José Gregorio González Díaz, y contra los ciudadanos José Gonzalo Araujo Pérez y Freddy José Barreto Pérez. TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS DEL PROCESO a la parte demandada perdidosa, conforme a lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

tercería de dominiorecurso de casaciónderecho de propiedad

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