Sentencia N° 219 — Sala de Casación Civil del TSJ, 12 de mayo de 2025
TSJ/SCC, Sent. N° 000219, Exp. 24-742, 12/05/2025
Expediente24-742
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2025-05-12
DecisiónPERECIDO
Resumen
En el juicio por cobro de costas procesales, el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de Táchira declaró sin lugar la apelación y declaró inadmisible la demanda interpuesta por LIGIA RAQUEL NAVAS SÁNCHEZ. Posteriormente, se anunció un recurso extraordinario de casación que fue admitido, pero no se formalizó dentro del lapso establecido por la ley. La Sala de Casación Civil del TSJ, al verificar la falta de formalización, declaró perecido el recurso.
Extracto de la motiva
Al verificarse que no fue presentado dentro del lapso de la ley escrito de formalización por parte de la demandante recurrente, le es aplicable el efecto establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil. Por consiguiente, el presente recurso extraordinario de casación admitido por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con sede en San Cristóbal, se declara perecido tal como se hará de manera expresa, positiva y precisa en el dispositivo de esta sentencia. Así se establece.
Dispositiva
PERECIDO el recurso extraordinario de casación anunciado por la parte demandante contra la sentencia dictada en fecha 12 de julio de 2024.
Palabras clave
cobro de costasrecurso de casaciónprocedimiento civilplazos procesalessentenciajurisdicciónefectos procesales