Sentencia N° 214 — Sala de Casación Civil del TSJ, 18 de abril de 2024

TSJ/SCC, Sent. N° 000214, Exp. 23-720, 18/04/2024
Expediente23-720
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2024-04-18
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso extraordinario de casación interpuesto por el demandante, debido a que no se cumplió con la carga de consignar el escrito de formalización ante la Secretaría de la Sala dentro del lapso establecido. El recurso fue admitido por el juzgado superior, pero la parte demandante no presentó el escrito en el tiempo requerido, lo que llevó a la declaración de perecimiento del mismo.

Extracto de la motiva

La consecuencia de incumplir con lo aquí establecido acarreará que el juzgador y el secretario pasarán a Inspectoría de Tribunales por obstaculizar el ejercicio al derecho a la defensa, mientras que el recurso será declarado perecido; todo ello con el objeto de proteger los postulados constitucionales referidos a la tutela judicial efectiva, debido proceso, equilibrio procesal, igualdad entre las partes, derecho a recurrir y al proceso como instrumento de la realización de la justicia, todos consagrados en los artículo 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Lo anterior se exige a fin de dejar constancia y los lapsos puedan cumplirse sin interrupción y la contraparte tenga conocimiento para el efectivo ejercicio de la impugnación, la cual solamente podrá ser presentada ante la sede de la Secretaría de esta Sala de Casación Civil y establecer el lapso correspondiente para tal actuación.

Dispositiva

Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso extraordinario de casación anunciado contra la sentencia dictada en fecha 8 de julio de 2022, por el Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, con sede en Trujillo. Se CONDENA en costas a la parte demandante.

Palabras clave

casaciónderecho a la defensatutela judicialprocesoconstitución

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