Sentencia N° 188 — Sala de Casación Civil del TSJ, 22 de marzo de 2002

TSJ/SCC, Sent. N° 188, Exp. 00-461, 22/03/2002
Expediente00-461
PonenteANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-03-22
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Antonio Ramírez Jiménez, decidió el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil INVERSIONES TEKA 2850, C. A. contra la sentencia del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, que había declarado con lugar la demanda de cobro de bolívares presentada por la sociedad mercantil FERLUI C.A. La Sala declaró sin lugar el recurso, confirmando la decisión de alzada y condenando en costas al recurrente.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir, observa: De acuerdo a las transcripciones precedentes de la formalización y del fallo recurrido, considera la Sala que se ha cumplido cabalmente con el análisis de la prueba que dice el formalizante fue silenciada por la recurrida. Si el formalizante no está de acuerdo con la conclusión a la que arribó la recurrida, ello no puede ser atacado mediante una denuncia de forma. Al establecer la recurrida que la obligación contenida en el documento analizado se refiere a una obligación distinta a la pretendida, cumplió a cabalidad con su deber de análisis de la prueba que le impone el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, resultando inoficioso que entrara a analizar la frase 'no tiene nada que reclamar a la sociedad mercantil Inversiones Teka, C. A. por este concepto, ni por ningún otro concepto'. En consecuencia no infringió la recurrida el ordinal 4° del artículo 243 eiusdem, por lo que se desecha esta denuncia. Y así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, en recurso de casación anunciado por la sociedad mercantil INVERSIONES TEKA 2850, C. A., contra de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 24 de mayo de 2000, en el juicio por cobro de bolívares incoado por sociedad mercantil FERLUI C. A. contra la sociedad mercantil INVERSIONES TEKA 2850, C. A. Se condena en costas al recurrente.

Palabras clave

cobro de bolívarescasación civilinmotivaciónsilencio de pruebasincongruencia negativasubrogacióndocumentos privados

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