Sentencia N° 175 — Sala de Casación Civil del TSJ, 27 de abril de 2023

TSJ/SCC, Sent. N° 000175, Exp. 23-001, 27/04/2023
Expediente23-001
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-04-27
DecisiónHOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se homologó el desistimiento del recurso de casación interpuesto por la parte demandada, representada por el abogado Luis Alfredo Venot Quijada. Este desistimiento fue presentado en virtud de la decisión del juez de primera instancia, que había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación en un juicio por cobro de bolívares. La Sala constató que el abogado contaba con la facultad expresa para desistir del recurso, cumpliendo así con los requisitos legales establecidos.

Extracto de la motiva

En efecto, en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil, señala que “…el poder faculta al apoderado para cumplir todos los actos del proceso que no estén reservados expresamente por la ley a la parte misma…”. Por tanto, es necesario que la parte actúe representada o asistida por un abogado y, en caso de representación, que la facultad para desistir le haya sido otorgada expresamente al apoderado judicial. En el sub iudice, tal y como ya se indicó, se observa que el abogado Luis Alfredo Venot Quijada, actuando en representación de la parte demandada, ciudadano Luis Ernesto Calderón Ortiz, desistió del presente recurso de casación. En tal sentido, con el objeto de constatar si dicho abogado cuenta con la debida facultad para desistir del recurso, de la revisión del instrumento poder que corre inserto en el folio 55 de la primera pieza del expediente, se verifica que el poderdante, efectivamente, le otorgó al abogado Luis Alfredo Venot Quijada, facultad expresa para “seguir los juicios en todas sus instancias, convenir, desistir (…) disponer del derecho en litigio…”. En consecuencia, visto que en el presente caso se cumplieron todos los extremos para que se dé por consumado el desistimiento, es decir, que al abogado Luis Alfredo Venot Quijada le fue otorgada de manera expresa facultad para desistir y, visto igualmente que en este juicio no se discuten materias indisponibles sobre las que estén prohibidas las transacciones, esta Sala declara consumado el desistimiento del recurso de casación y, por vía de consecuencia, da por terminado el procedimiento instaurado en el presente juicio. Así se decide.

Dispositiva

Con fuerza en las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE EN DERECHO EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE CASACIÓN, en los términos propuestos por el abogado Luis Alfredo Venot Quijada, actuando en representación judicial de la parte demandada, en consecuencia se declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE CASACIÓN. Se condena al recurrente al pago de las costas procesales del recurso, de conformidad con el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

desistimientorecursopoderabogadoprocedimientocasación

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca