Sentencia N° 170 — Sala de Casación Civil del TSJ, 20 de junio de 2022
TSJ/SCC, Sent. N° 000170, Exp. 19-248, 20/06/2022
Expediente19-248
PonenteJOSÉ LUÍS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2022-06-20
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte codemandada, NORAIMA DEL VALLE ROMÁN GELVIS, contra la sentencia dictada el 17 de diciembre de 2018 por el Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de Trujillo. La decisión se basa en la falta de legitimidad del recurrente para alegar indefensión debido a la actuación de su defensora ad litem, quien no fue notificada de la sentencia, pero cuya falta de actuación no perjudicó a los demás codemandados que sí pudieron ejercer su derecho a la defensa.
Extracto de la motiva
Ahora bien, conforme a la revisión efectuada previamente en la primera denuncia a las actas del expediente se evidencia que si bien es cierto que la defensora ad litem de los herederos conocidos y desconocidos de la de cujus Carmen Julia Ortiz Díaz no fue notificada de la sentencia pronunciada por el a quo, tal agravio, fue subsanado por la juez de la alzada, pues se evidencia que mediante auto de fecha 21 de febrero de 2018, ordenó notificar a la abogada Yenifer Karimar Cañizález Torres, en su condición de defensora ad litem de los herederos conocidos y desconocidos de la de cujus Carmen Julia Ortiz Díaz, librando el respectivo cartel de notificación (f. 566 de la pieza 3/3 del expediente), verificándose al folio 571 de la referida pieza 3/3, nota de secretaría de fecha 21 de febrero de 2018, en la cual se dejó constancia de haber fijado el cartel de notificación dirigido a la ciudadana Yenifer Karimar Cañizález Torres, en la cartelera del tribunal. Además, se insiste, que este alegato de indefensión en todo caso, debe ser opuesto por el legitimado para hacerlo, que no
Dispositiva
SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte codemandada, ciudadana NORAIMA DEL VALLE ROMÁN GELVIS, contra la sentencia dictada en fecha 17 de diciembre de 2018, por el Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo.
Palabras clave
tacha de documentonotificacióndefensora ad litemherederosindefensiónsentencia