Sentencia N° 17 — Sala de Casación Civil del TSJ, 7 de marzo de 2002
TSJ/SCC, Sent. N° 17, Exp. 01-793, 07/03/2002
Expediente01-793
PonenteCARLOS OBERTO VÉLEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-03-07
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia en un juicio de tercería relacionado con un contrato de arrendamiento. El Juzgado Décimo de Primera Instancia se declaró incompetente y remitió el caso al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, que también se declaró incompetente. La Sala analizó la naturaleza del caso y determinó que el tribunal competente para conocer de la admisión de la tercería era el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el presente juicio trata de una intervención voluntaria de un tercero, menor de edad, el cual se inició ante el mismo juzgado que conoció de la causa principal de nulidad de contrato de arrendamiento, de conformidad con el artículo 371 del Código de Procedimiento Civil. Se sustanció por cuaderno separado, según lo establecido en el artículo 372 eiusdem. Se interpuso contra la demandante del juicio principal. El fin de la regulación de la competencia solicitada, es saber que tribunal es el competente para conocer de la admisión de la tercería. En virtud de las normas precedentemente transcritas y aplicadas al caso sub iudice, todo lleva a la convicción que, en primer lugar, lo principal es la demanda de nulidad de contrato de arrendamiento y lo accesorio es la demanda de tercería; en segundo lugar, la intervención del tercero se llevó a cabo durante la primera instancia del juicio principal, y en este caso, tanto la demanda principal como la accesoria deben acumularse antes del momento de dictar la sentencia definitiva, para que un mismo pronunciamiento abrace a ambas pretensiones, siguiendo unidas para ulteriores instancias, de lo cual se entiende que la tercería sigue la suerte de lo principal, que a pesar de que se sustancian en cuadernos separados, están íntimamente ligadas.
Dispositiva
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de ley, declara competente al JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROLITANA DE CARACAS, para que continúe conociendo de la presente causa. Publíquese, regístrese y remítase este expediente al Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito antes mencionado. Particípese de esta decisión al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Sala de Juicio. Juez Unipersonal V.
Palabras clave
terceríacompetenciacontrato de arrendamientomenor de edadintervención voluntariajuzgadodemandanulidad