Sentencia N° 168 — Sala de Casación Civil del TSJ, 26 de abril de 2023

TSJ/SCC, Sent. N° 000168, Exp. 22-604, 26/04/2023
Expediente22-604
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-04-26
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso extraordinario de casación interpuesto por la demandante, IVONNE DEL VALLE ANGULO, debido a la falta de formalización oportuna del mismo. Se establece que el lapso para formalizar el recurso venció el 21 de diciembre de 2022, sin que se presentara el escrito correspondiente. La decisión se fundamenta en el incumplimiento de la carga procesal establecida en el artículo 317 del Código de Procedimiento Civil.

Extracto de la motiva

Por tal motivo, la Sala estima que la falta de formalización oportuna impide cualquier otro tipo de pronunciamiento sobre el recurso extraordinario de casación, que no sea el acatamiento del mandato de declarar perecido ese medio extraordinario, por cuanto esta es la sanción prevista en la ley, por causa del incumplimiento de la carga procesal de presentar el escrito de formalización, impuesta en el artículo 317 del Código de Procedimiento Civil, lo que es acorde con el abandono del interés inicialmente manifestado mediante el anuncio, el cual decae frente a su acto volitivo y consciente de incumplir la carga de fundamentar los diversos motivos del recurso extraordinario de casación. (Cfr. Fallo N° 346, de fecha 12 de agosto de 2022, expediente N° 2019-174, caso: Hernán Olmedo Álvarez Hernández, contra Policlínica Maturín, S.A. y otros). Como consecuencia de las precedentes consideraciones, le es aplicable a este caso, el efecto previsto en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, al verificarse que no fue presentado el correspondiente escrito de formalización en el lapso señalado en la ley. (Cfr. Fallo N° RC-136, de fecha 16 de marzo de 2022, expediente N° 2022-017, caso: Pedro Antonio Venturini Villarroel, contra Giacomo Gregorio Battelino Villarroel). Por consiguiente, el presente recurso extraordinario de casación anunciado por la parte demandante, debe ser declarado PERECIDO. Así se decide.

Dispositiva

PERECIDO el recurso extraordinario de casación anunciado por la demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, el día 24 de octubre de 2022. Se CONDENA a la demandante recurrente, al pago de las costas procesales del recurso.

Palabras clave

casaciónprescripciónprocedimiento civilformalizacióncarga procesalsanción

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