Sentencia N° 165 — Sala de Casación Civil del TSJ, 8 de marzo de 2002
TSJ/SCC, Sent. N° 165, Exp. 99-745, 08/03/2002
Expediente99-745
PonenteANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-03-08
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Antonio Ramírez Jiménez, decidió el recurso de casación interpuesto por los ciudadanos Martín Ignacio Poliwoda y Manuel Carlos Poliwoda, contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito. La Sala declaró sin lugar el recurso, argumentando que la parte recurrente no aportó pruebas suficientes para sustentar sus alegaciones, y que el tribunal de alzada actuó conforme a derecho al no considerar las excepciones planteadas por la parte demandada. Se condenó en costas a la parte recurrente.
Extracto de la motiva
La Sala considera que el pronunciamiento sobre la falta de cualidad para intentar o sostener el pleito es una resolución que necesariamente debe verificarse en forma previa, no es menos cierto, que en el presente caso, en el cual, dicho pronunciamiento dependía de una cuestión de hecho, como lo era, la constatación de que las actuaciones intimadas efectivamente estuviesen firmadas por el sujeto intimado, no existiendo prueba alguna en los autos, no podía entrar a resolver el Juzgador de alzada sobre el particular. Lo anterior no verifica ninguna excepción al principio general de derecho procesal, referido a la congruencia del fallo, por el contrario implica la aplicación de tal máxima procesal; así, siendo la congruencia, la obligación del Juez de resolver todo lo alegado y nada más que lo alegado, CON ATENCIÓN A LO ALEGADO Y PROBADO EN AUTOS, resulta imposible resolver sobre lo alegado si no se aporta prueba de ello.
Dispositiva
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de los ciudadanos MARTÍN IGNACIO POLIWODA y MANUEL CARLOS POLIWODA, contra la sentencia dictada en fecha 8 de julio de 1999, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas del recurso de casación a la parte recurrente.
Palabras clave
honorarioscasaciónincongruenciafalta de cualidadsilencio de pruebasprocedimiento civiltacha de falsedad