Sentencia N° 163 — Sala de Casación Civil del TSJ, 4 de abril de 2024

TSJ/SCC, Sent. N° 000163, Exp. 23-662, 04/04/2024
Expediente23-662
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2024-04-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte demandada, revocando la sentencia del Juzgado Superior que había declarado la demanda admisible. Se argumenta que la demanda contenía una inepta acumulación de pretensiones, ya que se solicitaban cinco acciones incompatibles entre sí, lo que constituye causal de inadmisibilidad según el Código de Procedimiento Civil. La Sala decreta la nulidad absoluta de la sentencia recurrida y condena en costas a la parte demandante.

Extracto de la motiva

motivación, el fallo apelado. TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte apelante, de conformidad con lo previsto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil…”. (Resaltado de la transcripción). Contra la precitada decisión, la parte demandada anunció recurso extraordinario de casación en fecha 28 de septiembre de 2023, el cual fue admitido por auto de fecha 9 de octubre de 2023, siendo formalizado oportunamente en fecha 14 de noviembre de 2023. Hubo impugnación. En fecha 28 de noviembre 2023, fue recibido el presente asunto, dándose cuenta en Sala y se asignó la ponencia al Magistrado Presidente

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR el recurso extraordinario de casación anunciado y formalizado por la parte demandada recurrente, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, con sede en La Asunción, en fecha 18 de septiembre de 2023. En consecuencia, CASA TOTAL y SIN REENVÍO la sentencia recurrida y DECRETA SU NULIDAD ABSOLUTA. SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda por inepta acumulación de pretensiones. TERCERO: Como consecuencia de lo anterior, SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 18 de septiembre de 2023, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, con sede en La Asunción y DECRETA SU NULIDAD ABSOLUTA.

Palabras clave

inepta acumulacióncasaciónnulidad

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