Sentencia N° 160 — Sala de Casación Civil del TSJ, 8 de marzo de 2002

TSJ/SCC, Sent. N° 160, Exp. 01-337, 08/03/2002
Expediente01-337
PonenteCARLOS OBERTO VÉLEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-03-08
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por la demandante, quien había apelado una decisión del Juzgado Superior que declaró sin lugar su apelación. La Sala argumentó que el recurso no era admisible debido a que la decisión apelada era interlocutoria y no ponía fin al juicio, lo que requería que se agotaran los recursos ordinarios antes de recurrir a la casación. En consecuencia, se revocó el auto de admisión del recurso de casación.

Extracto de la motiva

Ante cualquier otra consideración, la Sala estima conveniente decidir preliminarmente acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto, en atención a su doctrina pacífica, reiterada y consolidada conforme a la cual estableció, que es en definitiva al Tribunal Supremo de Justicia a quien le corresponde decidirlo, no obstante, haberlo admitido la instancia, facultad que ejerce bien de oficio o a instancia de parte, cuando observare que la admisión se hizo violando los preceptos legales que regulan la materia. Por cuanto, de resultar el auto de admisión, contrario a derecho, podrá revocarlo y por vía de consecuencia, deberá declararlo inadmisible; por tanto, no será necesario juzgar el problema sometido a consideración de esta Sala de Casación Civil.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación anunciado contra la sentencia dictada en fecha 14 de marzo de 2001, por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se REVOCA el auto de admisión del recurso de casación, dictado por el referido Juzgado Superior, en fecha 23 de abril de 2001.

Palabras clave

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