Sentencia N° 149 — Sala de Casación Civil del TSJ, 11 de abril de 2023

TSJ/SCC, Sent. N° 000149, Exp. 22-587, 11/04/2023
Expediente22-587
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-04-11
DecisiónPERECIDO

Resumen

En el juicio por retracto legal arrendaticio, el Juzgado Superior en lo Civil declaró sin lugar el medio ordinario de gravamen. Posteriormente, la parte actora anunció recurso extraordinario de casación, el cual fue admitido, pero se formalizó de manera extemporánea. La Sala de Casación Civil, al verificar la tardanza en la presentación del escrito de formalización, decidió declarar perecido el recurso de casación.

Extracto de la motiva

Como consecuencia de la precedente consideración, le es aplicable al caso el efecto previsto en el artículo 325 eiusdem, al verificarse que no fue presentado el correspondiente escrito de formalización de manera oportuna dentro del lapso señalado, toda vez que se consignó el escrito el día 23 de enero de 2023, de forma extemporánea por tardía, vale decir, cuando ya había precluido el lapso de formalización, conforme a lo dispuesto en el precitado auto dictado por la Sala el día 30 de enero de 2023. Así se declara. Por consiguiente, el recurso de casación anunciado por la parte actora debe ser declarado perecido, tal como se hará de manera expresa, positiva y precisa en el dispositivo de esta sentencia. Así se establece.

Dispositiva

PERECIDO el recurso extraordinario de casación anunciado en fecha 28 de octubre de 2022, por el ciudadano RAMÓN CELESTINO TRÍAS LANDAETA, parte actora en la presente causa.

Palabras clave

recurso de casaciónplazos procesalesperecimientoformalizaciónsentencia

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