Sentencia N° 132 — Sala de Casación Civil del TSJ, 19 de marzo de 2026
TSJ/SCC, Sent. N° 000132, Exp. 25-641, 19/03/2026
Expediente25-641
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2026-03-19
DecisiónPERECIDO
Resumen
En el juicio por partición y liquidación de la comunidad hereditaria, el Juzgado Superior Tercero en lo Civil declaró sin lugar el recurso de apelación y revocó la sentencia del juez a quo. Posteriormente, la parte demandante anunció recurso de casación, el cual fue admitido. Sin embargo, la Sala de Casación Civil determinó que el recurso de casación había perecido debido a la falta de presentación del escrito de formalización dentro del plazo establecido por la ley.
Extracto de la motiva
Ahora bien, se evidencia del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, que el lapso para formalizar este medio extraordinario de conformidad con el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, más el término de la distancia de dos (2) días, comenzó a transcurrir el día 30 de julio de 2025, día siguiente al último de los diez (10) días de despacho que se dan para el anuncio del mismo, y que dicho lapso venció el día 11 de octubre de 2025. Como consecuencia de la anterior consideración, al verificarse que no fue presentado hasta la presente fecha el correspondiente escrito de formalización por la parte demandada, le es aplicable el efecto previsto en el artículo 325 Código de Procedimiento Civil. Por consiguiente, el presente recurso de casación admitido por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, se declara perecido tal como se hará de manera expresa, positiva y precisa en el dispositivo de esta sentencia. Así se establece.
Dispositiva
PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte demandada contra la sentencia dictada en fecha 3 de julio de 2025, por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. Se CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas procesales del recurso.
Palabras clave
recurso de casaciónprocedimiento civilplazossentenciajurisdiccióncomunidad hereditaria