Sentencia N° 116 — Sala de Casación Civil del TSJ, 24 de marzo de 2023
TSJ/SCC, Sent. N° 000116, Exp. 22-127, 24/03/2023
Expediente22-127
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoAclaratoria
Fecha de la decisión2023-03-24
DecisiónIMPROCEDENTE
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la solicitud de aclaratoria presentada por el abogado Armando Núñez González en representación de la sociedad mercantil FIVEICA, C.A. y del ciudadano Salvador Salat Pastor. La solicitud se fundamenta en la disconformidad con la decisión dictada el 29 de noviembre de 2022, que declaró improcedente una cuestión previa relacionada con la caducidad de la acción de nulidad de asamblea. La Sala concluye que la aclaratoria no puede ser utilizada para cuestionar el fallo dictado, ya que esto contraviene la doctrina y jurisprudencia establecida por el Tribunal.
Extracto de la motiva
Esta Máxima Instancia Judicial de la República Bolivariana de Venezuela, en apego al postulado constitucional consagrado en el artículo 26 de nuestra vigente Carta Política, a través del cual, el Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa, expedita, sin dilaciones indebidas, y sin formalismos o reposiciones inútiles, esta Máxima Jurisdicción Civil, reconoce la obsolescencia contenida en la citada norma contenida en el artículo 324 del Código de Procedimiento Civil, el cual se encuentra en franco desafuero con nuestra novísima Constitución, y en atención al caso sub examine, acuerda, la desaplicación parcial de referida norma procesal, la cual tendrá efectos ex nunc a la presente decisión, y en atención a la nueva doctrina que acoge esta Máxima Instancia Civil, en lo adelante para proceder a realizar cualquier acto procesal ante esta Sala de Casación Civil, no se requerirá otro requisito adicional distinto al de ser profesional del derecho, optando las Magistradas y Magistrados integrantes de esta Sala por asegurar con preferencia la efectividad supremacía de nuestra Carta Política.
Dispositiva
IMPROCEDENTE la aclaratoria solicitada por la representación judicial de la parte demandada.
Palabras clave
desaplicaciónCódigo de Procedimiento Civiljusticiaprofesionales del derechoSala de Casación Civilconstitucionalidad