Sentencia N° 113 — Sala de Casación Civil del TSJ, 23 de marzo de 2023

TSJ/SCC, Sent. N° 000113, Exp. 22-646, 23/03/2023
Expediente22-646
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-03-23
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de hecho propuesto por la parte demandante contra el auto de fecha 28 de noviembre de 2022, que denegó el recurso de casación. La decisión se basa en que la cuantía exigida para acceder a la sede casacional no fue cumplida, ya que no excede de las tres mil unidades tributarias requeridas. La sentencia del juzgado de alzada, que había declarado con lugar el recurso de apelación, fue revocada.

Extracto de la motiva

La Sala, aplicando al caso de autos el criterio jurisprudencial parcialmente transcrito, considera que el momento que debe ser tomado en cuenta para verificar el requisito de la cuantía necesaria para acceder a casación, es aquel en que se presentó la demanda; por ello, la cuantía aplicable es la establecida en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia vigente para el momento de la interposición de la demanda, en fecha 11 de agosto de 2011, y en relación a la cuantía de esta se deprende del libelo, que riela en la primera pieza del expediente, en el folio 10, lo siguiente: “…estimo la presente demanda en la suma DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. 200.000,00) o dos mil seiscientos treinta y un unidades tributarias (2.631 UT)…”. Ahora bien, conforme a lo expresado anteriormente la Sala observa, que para la fecha en la cual se interpuso la demanda, el día 11 de agosto de 2011, la cuantía exigida para acceder a sede casacional era que excediera de las tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.), de conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en fecha 20 de marzo de 2004.

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la parte demandante contra el auto de fecha 28 de noviembre del año 2022, dictado por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, denegatorio del recurso de casación anunciado contra la sentencia del 10 de noviembre de 2022, dictada por el referido juzgado superior. Se CONDENA en costas del recurso al recurrente.

Palabras clave

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