Sentencia N° 111 — Sala de Casación Civil del TSJ, 21 de marzo de 2025

TSJ/SCC, Sent. N° 000111, Exp. 24-594, 21/03/2025
Expediente24-594
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2025-03-21
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia dictada el 21 de marzo de 2025, declaró con lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por Juan Carlos Quijada Hurtado, contra la sentencia del Tribunal Superior en lo Civil, que había declarado la reposición de la causa. La Sala determinó que la reposición fue indebidamente decretada, ya que no existía un vicio que justificara tal medida. Se ordenó el pago de honorarios profesionales por un monto total de 606.300 dólares, así como la condena a intereses moratorios desde la fecha de admisión de la demanda.

Extracto de la motiva

NO SE HACE CONDENATORIA EN COSTAS a los intimados, dada la naturaleza de este proceso, visto que las acciones de estimación e intimación de honorarios profesionales de abogado, no se permite dicha condenatoria a ninguna de las partes intervinientes, dado que no pueden generarse sucesivos juicios intimatorios por el mismo concepto, pues se harían interminables los procedimientos de esta índole, convirtiéndose en una condena perpetua. (Cfr. fallos de esta Sala Nros. 512, del 9 de agosto de 2016. Exp. Nº 2015-770; 952, del 15 de diciembre de 2016, Exp. Nº 2016-282; y, 538, del 7 de agosto de 2017, Exp. Nº 2017-190).

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR el recurso extraordinario de casación anunciado y formalizado por la representación judicial del intimante recurrente contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario, Marítimo y Aeronáutico del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, de fecha 26 de julio de 2024, en consecuencia, CASA TOTAL y SIN REENVÍO y se DECRETA LA NULIDAD ABSOLUTA del fallo recurrido. SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el defensor judicial de los intimados, contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Constitucional, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Aeronáutico del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, en fecha 20 de mayo de 2024, y en consecuencia se CONFIRMA EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS de conformidad con lo dispuesto en la motiva de la presente decisión.

Palabras clave

honorarios profesionalesrecurso de casaciónnulidadreposicionderecho a la defensa

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca