Sentencia N° 11 — Sala de Casación Civil del TSJ, 27 de febrero de 2003
TSJ/SCC, Sent. N° 11, Exp. 86-011, 27/02/2003
Expediente86-011
PonenteANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2003-02-27
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara la perención del recurso surgido en el juicio de tercería incoado por Abraham Malavé, quien falleció en diciembre de 1986. La Sala argumenta que, tras la muerte del demandante, no hubo intención de activar el procedimiento por parte de los herederos, lo que llevó a la conclusión de que ha operado la perención, dado que han transcurrido más de tres años sin que se haya realizado ningún acto procesal. Se hace referencia a la normativa aplicable y a la evolución jurisprudencial sobre la figura de la perención.
Extracto de la motiva
La Sala estima pertinente, en ejercicio de la función pedagógica que le corresponde, determinar en su concepto y efectos procesales la figura jurídica de la PERENCIÓN, a objeto de conformar la estructura de esta sentencia y para mejor inteligencia de la misma. En ese sentido se entiende como tal, a la extinción del proceso por el transcurso del tiempo previsto en la ley, sin que se hubiese verificado acto de procedimiento capaz de impulsar el curso del juicio. Este instituto procesal encuentra justificación en el interés del estado de impedir que los juicios se prolonguen indefinidamente, y a objeto de garantizar que se cumpla con la finalidad de la función jurisdiccional, la cual radica en el ejercicio de administrar justicia; y a la necesidad de sancionar la conducta negligente de la parte, por el abandono de la instancia y de su desinterés en la continuación del proceso. La perención ha sido objeto de una interesante evolución jurisprudencial que ha provocado importantes cambios en el ordenamiento jurídico venezolano.
Dispositiva
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso surgido el juicio de tercería incoado por el ciudadano Abraham Malavé, hoy, finado contra la sociedad mercantil Constructora Metrovial C.A, y la sucesión del de cujus Adolfo Malavé, integrada por los ciudadanos Oly Malavé Risso de Rodríguez, Alejandro Malavé Risso, Ana Margarita Risso de Malavé, Mercedes Malavé Risso de Guidón, Humberto Malavé Risso, josé antonio malavé risso, y los sucesores de Adolfo Malavé Risso, integrado por los ciudadanos Josefina Albernoud Figueroa (viuda de Adolfo Malavé Risso) y Rómulo Malavé Albernoud.
Palabras clave
perenciónjuicio de terceríaabandonar instanciafallecimiento del demandanterecurso de casaciónCódigo de Procedimiento Civilinterés del estadojusticia