Sentencia N° 104 — Sala de Casación Civil del TSJ, 21 de marzo de 2025

TSJ/SCC, Sent. N° 000104, Exp. 24-037, 21/03/2025
Expediente24-037
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2025-03-21
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación interpuesto por la demandante, CONFITERÍA MARILYN Y ALGO MÁS, C.A., contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de Monagas. La decisión se basa en la falta de prueba de la culpa de los demandados, INVERSIONES NAPOLI, C.A. e INVERSIONES MONESA, C.A., en relación con los daños y perjuicios reclamados. Se condena en costas a la parte recurrente.

Extracto de la motiva

De la transcripción anterior entiende la Sala, que la formalizante alega la infracción por parte de la recurrida de los artículos 12, 15, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, por incongruencia negativa, ya que a su entender, el dispositivo del fallo no fue dictado con arreglo a las excepciones y defensas opuestas por las partes, específicamente sobre los alegatos contenidos en los escritos de informes y observaciones, al no considerar la alzada las afirmaciones contenidas en los referidos escritos, señalando la recurrente entre otras cosas, que no se pronunció sobre el vicio de silencio de pruebas, asimismo indicó, que las testimoniales rendidas han debido ser declaradas inadmisibles por tener interés directo y manifiesto en las resultas del proceso, y que omitió pronunciarse sobre los daños y perjuicios patrimoniales demandados que fueron determinados y cuantificados mediante escrito de informe de auditoría, lo que -a su entender- le vulneró el derecho a la defensa, debido proceso y la tutela judicial efectiva. Al respecto, ha establecido esta Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia en reiterados fallos, que cuando los jueces no se pronuncian sobre las múltiples pretensiones libelares y las excepciones y defensas opuestas, objeto de la litis, su conducta acarreará la nulidad del fallo dictado, al producirse el vicio de incongruencia negativa, el cual se traduce en una omisión o falta de pronunciamiento sobre un alegato oportunamente formulado, en citrapetita o incongruencia omisiva constitucional. La expresión de esta Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, de falta de pronunciamiento, enmarca, los casos de incongruencia negativa consistentes en la falta de solución de aquellos puntos controvertidos, que si bien fueron mencionados o citados por el sentenciador, sin embargo sobre ellos, guarda silencio, al no analizarlos, establecerlos, correlacionarlos, calificarlos, apreciarlos o desecharlos; o el caso de silencio total, en el cual, el sentenciador no solo no se pronuncia sobre el extremo de hecho controvertido, sino que ni siquiera lo menciona en el texto material de la sentencia. Es importante señalar, que la incongruencia negativa, citrapetita o incongruencia omisiva constitucional se verifica fundamentalmente, por la falta de decisión o solución de un alegato o punto controvertido que sea determinante y que fuera oportunamente esgrimido por las partes en juicio, ya sea en el libelo de la demanda, contestación u oposición y excepcionalmente en los informes u observaciones, y que no sea un alegato de mera relación o dirigido a situaciones referenciales, que de no ser resueltas por el juez en nada cambiarían de lo dispositivo del fallo, ni la resolución sobre el fondo de lo litigado.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación anunciado y formalizado por la demandante recurrente, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con sede en la ciudad de Maturín, en fecha 20 de noviembre de 2023. 2.- Se CONDENA en costas del recurso extraordinario de casación, a la demandante recurrente, de conformidad con lo estatuido en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

casacióndaños y perjuiciosculpasentenciaMonagas

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