Sentencia N° 101 — Sala de Casación Civil del TSJ, 22 de marzo de 2023

TSJ/SCC, Sent. N° 000101, Exp. 21-207, 22/03/2023
Expediente21-207
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-03-22
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Civil, declaró sin lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por las demandantes contra la decisión del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Lara. La sentencia recurrida había desestimado la acción de reivindicación de bienhechurías, argumentando que las demandantes no demostraron la propiedad sobre el bien que pretendían reivindicar, incumpliendo así los requisitos establecidos en el Código Civil. La Sala reafirmó que la carga de la prueba recae sobre el demandante en acciones de reivindicación y que la figura de la confesión ficta no aplica en este contexto.

Extracto de la motiva

motivación de la sentencia recurrida antes transcrita se desprende de manera clara que la misma es contraria a derecho, desvirtuando la figura de la IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 11 de 29 “confesión ficta”, mediante la tergiversación de las reglas de la carga de la prueba aplicables en los juicios de reivindicación. Y, por cuanto la errónea y sesgada interpretación de las reglas de la carga de la prueba aplicables realizada en la sentencia recurrida, indudablemente constituye un sofisma tergiversador sobre el “tema decidemdum”, que constituye una clara infracción del derecho constitucional a una tutela judicial efectiva; y, por esto es el fundamento básico y único que tomó en cuenta la juez a cargo de las funciones del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara para declarar sin lugar la demanda de reivindicación intentada por las ciudadanas: YOLANDA MARGARITA GONZÁLEZ de GARCÍA, MARÍA del CARMEN GONZÁLEZ de ALVARADO, MARITZA COROMOTO GONZÁLEZ de HERNÁNDEZ y GLADYS JOSEFINA GONZÁLEZ, contra la ciudadana: ESTILITA GORDILLO; se tiene de manera directa la trascendencia de esta infracción sobre el dispositivo del fallo, por cuanto, si el mencionado juez no hubiera incurrido en la misma, otra hubiera sido la decisión tomada. Finalmente, para dar cumplimiento a lo establecido en el ordinal 4° del artículo 317 del Código de Procedimiento Civil, señaló que las normas que la juez de alzada debió aplicar para resolver la controversia, eran el antes mencionado artículo 362 del Código de Procedimiento Civil. Por las razones antes expuestas solicito que esta denuncia sea declarada con lugar, y en consecuencia anulada la sentencia recurrida…”. Para decidir, la Sala observa: El recurrente procede a realizar única denuncia por infracción de ley; conforme a los previsto en el 313, ordinal 2° del Código de IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 12 de 29 Procedimiento

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación propuesto por las demandantes, contra la decisión del dictada por Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 25 de junio de 2021. Se CONDENA EN COSTAS del recurso extraordinario de casación al demandante recurrente.

Palabras clave

confesión fictacarga de la pruebaacción reivindicatoriatutela judicialCódigo de Procedimiento Civilinfracción de ley

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca