Sentencia N° 998 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de mayo de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 998, Exp. 03-3011, 26/05/2004
Expediente03-3011
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2004-05-26
DecisiónIncompetente
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una solicitud de resolución de controversia constitucional presentada por la Concejal Zerlim Winifrend, quien alegaba irregularidades en la delegación de competencias del Contralor Municipal al Alcalde de Valencia. La Sala, tras examinar los alegatos, determinó que la controversia no se ajustaba a la vía procesal del artículo 336.9 de la Constitución, ya que los conflictos planteados eran entre órganos del mismo ente municipal y no involucraban a diferentes niveles del Poder Público.
Extracto de la motiva
La Sala juzga, conforme a su jurisprudencia reiterada en la materia, que la situación expuesta no se ajusta a la vía procesal establecida en el artículo 336.9 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ya que de acuerdo con lo expuesto por el apoderado de la solicitante, si bien estamos ante una supuesta controversia surgida entre órganos investidos legítimamente de potestades públicas ubicados en la cima de sus respectivos niveles de influencia, la misma no gira en torno al contenido y a los límites en que debe ser cumplida una competencia constitucional común a los órganos involucrados en la hipotética controversia, es decir, que las normas que le atribuyen a los órganos que mantienen la tensión entre sí (Concejales, Contralor Municipal y Alcalde) y las competencias que estarían siendo ejercidas indebidamente o de manera arbitraria, no se encuentran exclusivamente en la Constitución, sino, por el contrario, en diversas normas de rango legal.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara que es INCOMPETENTE para conocer de la solicitud de resolución de controversia planteada por el abogado Mauro Enrique Zabaleta, apoderado judicial de la ciudadana Zerlim Winifrend, Concejal del Municipio Valencia del Estado Carabobo, que existe entre los Concejales, el Contralor y el Alcalde del Municipio Valencia del Estado Carabobo, y DECLINA el conocimiento de la presente causa en la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia.
Palabras clave
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