Sentencia N° 997 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de junio de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 0997, Exp. 24-0175, 27/06/2025
Expediente24-0175
PonenteMichel Adriana Velásquez Grillet
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2025-06-27
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Moisés Martínez Fuenmayor en representación de Amelis María Figueroa de Dyner. La solicitud se fundamenta en la presunta violación del orden público constitucional en un proceso penal por delitos de legitimación de capitales y asociación para delinquir. Sin embargo, la Sala determina que el solicitante no acompañó los documentos necesarios para validar sus alegaciones, lo que lleva a la inadmisibilidad de la acción.

Extracto de la motiva

Que “(...) en fecha 17 de Febrero de 2023 el Tribunal Décimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de Caracas publicó Decisión con motivo de la Audiencia Preliminar celebrada respecto a mi defendida AMELIS FIGUEROA de DINER identificada anteriormente en la cual luego de haberse expuesto ampliamente los fundamentos de las partes, el tribunal en ejercicio de sus atribuciones declaró que lo procedente y ajustado a derecho fue declarar el Sobreseimiento de la causa por cuanto en pleno uso de sus facultades y estrictamente con lo ordenado en sentencia Nro. 0487, emitida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en fecha 04 de diciembre de 2019 con carácter vinculante para todos los tribunales del país. Sentencia esta que establece con Carácter Vinculante, que la declaratoria con lugar de la excepción prevista en el Artículo 28, numeral, letra «i» del Código Orgánico Procesal Penal, puede dar lugar a un sobreseimiento definitivo. En los casos en que el Juez de Control, una vez efectuado el control material de la acusación en la audiencia preliminar. considere que no existe un pronóstico de condena contra el imputado mediante la cual no solo le faculta sino que le exhorta y obliga a ejercer el CONTROL MATERIAL el cual no es otra cosa que realizar el análisis de los fundamentos facticos y jurídicos que sustentan el escrito acusatorio presentado por el Ministerio Público; es decir, verificar y establecer la relación entre el control de la acusación y el pronóstico de condena y concretamente, con el control material, el Juez determina si existe o no un pronóstico de condena, y en consecuencia. Si debe ordenar la apertura del juicio oral o Decretar SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO como lo fue en la presente causa seguida contra mi defendida AMELIS FIGUEROA de DYNER plenamente identificada con anterioridad. En otras palabras, el pronóstico de condena se verifica cuando el Juez realiza el control material de la acusación y como lo señalo la misma Sala Constitucional en la sentencia 1.303 del 20 de junio de 2005, que el pronóstico de condena es una alta probabilidad de que en la fase de juicio se dicte una sentencia condenatoria”.

Dispositiva

Se declara inadmisible la solicitud de avocamiento planteada por el abogado Moisés Martínez Fuenmayor, actuando como defensor de la ciudadana Amelis María Figueroa de Dyner.

Palabras clave

avocamientolegitimación de capitalesasociación para delinquirinadmision

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