Sentencia N° 994 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de junio de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 994, Exp. 07-1536, 27/06/2008
Expediente07-1536
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-06-27
DecisiónHA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia N° 000676 emitida por la Sala de Casación Civil, que declaró perecido un recurso de casación. El solicitante alegó violaciones a sus derechos de acceso a la justicia y debido proceso. La Sala concluyó que la interpretación de las normas procesales por parte de la Sala de Casación Civil fue incorrecta y que el recurso no debió ser declarado perecido, por lo que se anuló la decisión y se ordenó la reposición del proceso al estado de que se sustancie el recurso de casación.

Extracto de la motiva

El peticionario solicitó la revisión constitucional del pronunciamiento que expidió la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia el 10 de agosto de 2007, mediante el cual se declaró perecido el recurso de casación que se interpuso contra el fallo que pronunció el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre el 31 de octubre de 2006. Asimismo, consta en las actuaciones que se acompañaron a la solicitud de marras, que el recurso de casación fue admitido el 21 de diciembre de 2006 y el expediente se recibió en la Sala de Casación Civil el 29 de enero de 2007; igualmente, se observa que el recurrente en casación, ante la imposibilidad que tuvo el 8 y 12 de febrero de 2007 para la consignación del escrito de formalización del recurso ante la Sala de Casación Civil, en virtud de que dicha Sala acordó no dar despacho esos días, se dirigió ante el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas para la consignación del escrito de formalización, ello en acatamiento de lo que dispone el artículo 317 del Código de Procedimiento Civil. La jueza a cargo del Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas proveyó la solicitud de autenticación del escrito de formalización y ordenó la remisión de las actuaciones a la Sala de Casación Civil el 13 de febrero de 2007; no obstante, dichas actuaciones fueron recibidas por esa Sala el 23 de febrero de 2007, cuando ya había precluido el lapso de 40 días más los 5 días correspondientes al término de la distancia para la consignación del escrito de formalización. Por lo anterior, la Sala de Casación Civil declaró perecido el recurso de casación.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional que interpuso, el 29 de octubre de 2007, el ciudadano MILTON FELCE SALCEDO contra la sentencia n.° 000676 que pronunció la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, el 10 de agosto de 2007. En consecuencia, ANULA dicho acto de juzgamiento; declara la NULIDAD de todas las actuaciones procesales subsiguientes a la declaratoria de perecimiento del citado recurso de casación y REPONE el proceso al estado de que la Sala de Casación Civil –luego de la recepción del expediente correspondiente- inicie nuevamente la sustanciación del recurso de casación que se formalizó contra la sentencia que emitió, el 31 de octubre de 2006, el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; en tal circunstancia, esa Sala deberá ordenar la notificación de quien funja como contraparte en el recurso de casación para el ejercicio de la impugnación, cuyo lapso procesal se iniciará a partir del día siguiente a la constancia en autos de haberse practicado la notificación en referencia.

Palabras clave

revisión constitucionalrecurso de casaciónderecho a la defensadebido procesoacceso a la justicianulidadtutela judicial eficaz

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