Sentencia N° 991 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de julio de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 0991, Exp. 23-0246, 27/07/2023
Expediente23-0246
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-07-27
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de amparo constitucional interpuesto por la abogada Mauris Rojas Sequera en representación de Luis Yordanis Pérez, contra una decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara que declaró inadmisible la acción de amparo. La Sala determinó su competencia para conocer el caso y ordenó la remisión de información adicional sobre el juicio principal relacionado con el demandado.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala previamente determinar su competencia para conocer de la presente acción de amparo constitucional y, a tal efecto, observa: La Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales en su artículo 35, y 25, numeral 19, de la vigente Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; así como en la sentencia de esta Sala n.º 01 del 20 de enero de 2000, caso: Emery Mata Millán, corresponde a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia el conocimiento de las apelaciones contra las decisiones que recaigan, en primera instancia, en los procesos de amparo constitucional autónomo que dicten los Juzgados Superiores de la República, con excepción de las que dicten los Juzgados Superiores con competencia en lo Contencioso Administrativo. De esta forma, y en virtud que la sentencia objeto de apelación fue dictada, el 15 de diciembre de 2022, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, cercenando con esa decisión, derechos constitucionales; y solicitó a esta Sala Constitucional, que así sea decidido y declarado con lugar la presente acción de amparo. Ahora bien, con el fin de dictar una decisión ajustada a derecho considera necesario esta Sala, conforme a lo previsto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, SOLICITAR a la Presidencia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, notifique al Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, realizar las diligencias necesarias para recabar y remitir a esta Sala Constitucional, relativo al juicio principal por la presunta comisión del delito de ejecución de actividades no permitidas, contravención de los planes de ordenamiento del territorio, ocupación ilícita de aéreas naturales protegidas y modificación o destrucción de bienes protegidos edificación en terrenos no edificables, en el Estado Lara, que se le sigue al ciudadano Luis Yordanis Pérez, sobre los siguientes particulares: i) estado actual de la causa, que cursa en el expediente número KP01-P-2022-000200, ii) igualmente, se le ordena remitir copia certificada de la totalidad de las actuaciones procesales.

Dispositiva

Se ordena a la Secretaría de la Sala que practique en forma telefónica la notificación a la Presidencia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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