Sentencia N° 990 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de noviembre de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 990, Exp. 15-1347, 30/11/2017
Expediente15-1347
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-11-30
DecisiónCúmplase lo ordenado
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia n° 159, aborda el cumplimiento de un mandato judicial relacionado con un amparo constitucional. Se destaca la solicitud de informe al Tribunal Décimo de Municipio Ordinario sobre el cumplimiento de una decisión anterior. La Sala ordena la notificación correspondiente y establece un plazo para la remisión de la información requerida, advirtiendo sobre posibles sanciones por incumplimiento.
Extracto de la motiva
Visto que esta Sala Constitucional en sentencia n° 159, de fecha 11 de marzo de 2016, solicitó al Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas en Función Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, informe, si en el caso de autos, se dio cumplimiento a lo ordenado a través del auto del 2 de junio de 2011, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la misma Circunscripción Judicial y en el caso de que consten, remita la decisión que ordenó el levantamiento de la medida de suspensión del juicio ordenado, a través del auto anteriormente indicado, así como las actas en las que se refleje la tramitación de las formalidades contenidas en el decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, bien sea en copia certificada u original, para lo cual se concedió cinco (5) días calendarios siguientes al recibo de la notificación.
Dispositiva
Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.