Sentencia N° 98 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de abril de 2021
TSJ/SC, Sent. N° 0098, Exp. 19-0222, 16/04/2021
Expediente19-0222
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2021-04-16
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Fernando de Jesús Márquez Manrique y Dalia Francheska Márquez Añez, en representación del ciudadano Luis Enrique García Peñuela. La decisión se basa en la falta de admisibilidad de la acción de amparo contra decisiones emanadas del Tribunal Supremo de Justicia, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
En atención a las normas citadas y a los criterios jurisprudenciales dictados por esta Sala en sentencias Nros. 1091 del 1.6.2007, 1154 del 10.8.2009, 776 del 23.5.2011, 1600 del 20.10.2011, 134 del 22.2.2012, 803 del 18.6.2012, 309 del 16.4.2013 y 37 del 13.2.2015, entre otras, la presente acción de amparo resulta inadmisible. Así se decide. De conformidad con lo precedentemente expuesto, resulta forzoso para esta Sala Constitucional declarar inadmisible la presente acción de tutela constitucional en aplicación del artículo 6, cardinal 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Fernando de Jesús Márquez Manrique y Dalia Francheska Márquez Añez, supra identificados, actuando con el carácter de defensores del ciudadano LUIS ENRIQUE GARCÍA PEÑUELA, contra la sentencia número 073, dictada por la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia, publicada el 12 de abril de 2019, en el expediente A18-260 de la nomenclatura de esa Sala.