Sentencia N° 98 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de febrero de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 98, Exp. 12-0155, 17/02/2012
Expediente12-0155
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-02-17
DecisiónNO ACEPTA la competencia que le fuera declinada

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un expediente relacionado con una acción de hábeas corpus interpuesta por los ciudadanos Wu Xin Gsen y Hou Baichao en favor de varios ciudadanos extranjeros. El Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Control se declaró incompetente para conocer el caso y declinó la competencia a la Sala Constitucional. Sin embargo, esta última decidió no aceptar la competencia declinada y ordenó la remisión del expediente al juzgado de origen para que se pronuncie sobre la demanda de amparo constitucional.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional considera que, en el caso concreto, no resulta aplicable el criterio atributivo de competencia establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, toda vez que la solicitud del presente mandamiento de hábeas corpus no se encuentra dirigida contra el Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, sino contra los funcionarios del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME) y los de la Policía Municipal del Estado Vargas y el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), seccional del Estado Vargas, que efectuaron la aprehensión de los ciudadanos Chen Zhenqian, Wu Jiantao, Cen Yongyi, Wu Meiyan, Li Jinzhu y Lu Xuesen, no obstante que dichos órganos estén adscritos al mencionado Ministerio.

Dispositiva

1.- NO ACEPTA la competencia que le fuera declinada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. 2.- ORDENA la remisión del presente expediente al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para que se pronuncie sobre la demanda de amparo constitucional bajo la modalidad de hábeas corpus que interpusieron los ciudadanos WU XIN GSEN y HOU BAICHAO.

Palabras clave

hábeas corpuscompetenciadetención ilegalderechos humanos

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