Sentencia N° 976 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de mayo de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 976, Exp. 03-1101, 24/05/2004
Expediente03-1101
PonenteANTONIO J. GARCÍA GARCÍA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-05-24
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión de la Sala N° 4 de la Corte de Apelaciones que homologó el desistimiento de la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Angela Jaramillo en representación de Argenis Alexander Díaz. La acción fue motivada por la privación de libertad del demandante, quien había estado detenido por más de dos años sin juicio. La Corte de Apelaciones consideró que el desistimiento era procedente debido a que se había concedido la libertad al demandante mediante una medida cautelar sustitutiva.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de su competencia para conocer de la presente consulta y, al respecto, observa que la decisión fue dictada el 21 de abril de 2003, por la Sala 4 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en primera instancia de la acción de amparo constitucional interpuesta, razón por la cual, esta Sala en virtud del criterio sentado en sentencia N° 1 del 20 de enero de 2000 (caso: Emery Mata Millán), resulta competente para conocer de la misma. Así se decide. Precisado lo anterior, esta Sala pasa a pronunciarse acerca del mérito del asunto. Al respecto, observa que en el caso de autos, la acción de amparo constitucional fue interpuesta contra la presunta denegación de justicia en que incurriera el Juzgado Vigésimo Tercero en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Dicho amparo se fundamentó en la violación del artículo 6 del Código Orgánico Procesal Penal, configuradas, según la defensora del accionante, en la no aceptación de los fiadores que fueron ofrecidos, ni la disminución de las Unidades Tributarias, así como la no realización del traslado para realizar el juicio oral, así como en los artículos 18, 38, 39, 40 y 41 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales en concordancia con los artículos 2 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, CONFIRMA, la decisión dictada por la Sala N° 4 Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 21 de abril de 2003, que HOMOLOGÓ el desistimiento de la acción de amparo ejercida por la abogada Angela Jaramillo, en su carácter de defensora del ciudadano ARGENIS ALEXANDER DIAZ. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente.

Palabras clave

amparo constitucionaldesistimientoprivación de libertadmedida cautelardenegación de justiciaCódigo Orgánico Procesal Penalderechos constitucionales

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca