Sentencia N° 974 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de abril de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 974, Exp. 15-0421, 27/07/2015
Expediente15-0421
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-04-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia resolvió una acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Zaher Salah Al Aridi en representación de los ciudadanos Afaf Khouis y Wilson Al Bounny Khouis. La acción se fundamentó en decisiones del Juzgado Quinto de Juicio del Estado Táchira que, según el demandante, violaban el derecho a la defensa y al debido proceso, desacatando una orden previa de la Sala Constitucional sobre la prohibición de inhumación del cadáver de una niña. La Sala, al considerar la legitimación del abogado y el incumplimiento de la orden, decidió ordenar al juzgado que remitiera copia certificada de las actuaciones procesales hasta el 12 de junio de 2015.

Extracto de la motiva

Primeramente, esta Sala Constitucional debe referirse a la legitimación del abogado Zaher Salah Al Aridi, aquí solicitante y, en tal sentido observa que en el escrito libelar se señala expresamente que “[l]a Juzgadora violando el derecho a la defensa, instantes antes de retirarse de la Sala, les dijo a las partes QUE DECLARABA EL ABANDONO DE LA DEFENSA de este Abogado que suscribe el presente escrito, dando en el entendido que esta defensa quedaba sin capacidad procesal en la presente causa a partir del 04/12/2014, por ella considerar que abandoné dicha causa”. Efectivamente, de las actas del expediente se observa que el 4 de diciembre de 2014, el Juzgado Quinto en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, extensión San Cristóbal, en la audiencia de continuación del juicio oral seguido a los ciudadanos Afaf Khouis y Wilson Albounny Khouis por la presunta comisión de los delitos de homicidio calificado y violencia sexual, dispuso entre otras cosas lo siguiente: “[…] en tercer lugar, el Tribunal, vista la inasistencia reiterada del codefensor ZAHER MAZIAD SALAH AL ARIDI, declara abandonada su defensa […]”. Ahora bien, el abandono de la defensa declarado por el señalado Juzgado Quinto de Juicio, no incide, en este caso, en la legitimación del abogado Zaher Maziad Salah Al Aridi para interponer el 13 de enero de 2015, la solicitud bajo examen; toda vez que su cualidad para actuar en representación de los imputados y denunciar un posible incumplimiento de una orden emanada de esta Sala, se evidencia de ratificación como defensor de los procesados Afaf Khouis y Wilson Albounny Khouis, quienes se encuentran privados de libertad, la cual fue efectuada, mediante escrito del 26 de diciembre de 2014, en el Centro Penitenciario de Occidente (CEPOAN) en el Estado Táchira, el cual fue suscrito por los mismos con sus firmas y huellas dactilares y por la sub-directora del recinto carcelario Libismar Moreno, con el respectivo sello húmedo; tal como consta en las actas del expediente. Así se decide.

Dispositiva

ORDENA al Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, extensión San Cristóbal, que remita copia certificada de las actuaciones procesales ocurridas hasta el 12 de junio de 2015 e informe a la Sala el estado procesal en que se encuentra la causa penal que motivó la solicitud de avocamiento; para lo cual se le otorgan tres (3) días más nueve (9) días de despacho correspondientes al término de la distancia.

Palabras clave

legitimacióndefensaincumplimientoautopsiajusticiaproceso penal

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