Sentencia N° 971 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de mayo de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 971, Exp. 00-2622, 28/05/2002
Expediente00-2622
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-05-28
DecisiónTerminado el procedimiento

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara terminado el procedimiento de amparo interpuesto por Leslis Moronta López en nombre de su hija menor. La acción se basó en la supuesta vulneración de derechos constitucionales por parte del Juzgado Superior de Menores del Estado Zulia, que había declarado inadmisible un recurso de apelación. La Sala consideró que la falta de comparecencia de la accionante a la audiencia oral llevó a la conclusión de que el procedimiento debía ser dado por terminado.

Extracto de la motiva

Visto que el acto de la audiencia constitucional es -dentro del proceso de amparo- el acto más relevante, pues es allí donde las partes debaten frente al juez o el Tribunal sus alegatos y defensas, existiendo un control directo e inmediato de las pruebas aportadas en autos, donde luego de concluido el debate oral o las pruebas, el juez o el Tribunal podrá decidir conforme lo establecido por esta Sala; Visto asimismo que en el presente caso, ante la presunción de violación constitucional alegada por la parte accionante, previo análisis de las probanzas existentes en autos; esta Sala juzgó pertinente admitir la tutela constitucional invocada y convocar a la respectiva audiencia constitucional, tal circunstancia no impide declarar terminado el procedimiento en la acción de amparo intentada, en virtud del abandono del trámite por la falta de comparecencia de la accionante a la audiencia oral y pública fijada por la Sala el día 30 de abril de 2002, cuya validez es independiente de que se haya admitido la acción de amparo, conforme el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO en la presente acción de amparo, interpuesta por la abogada Leslis Moronta López, en nombre de su hija menor, contra la sentencia dictada el 12 de junio del 2000 por el suprimido Juzgado Superior de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Publíquese, regístrese, notifíquese y archívese el expediente. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

amparo constitucionalderechos constitucionalesjuez naturaldebido procesoaudiencia constitucionalperención de instanciamedidas cautelares

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca