Sentencia N° 970 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de julio de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 970, Exp. 11-0246, 16/07/2013
Expediente11-0246
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-07-16
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Juzgado Tercero de Primera Instancia y el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, relacionado con una acción de amparo constitucional interpuesta por Luisa Carnicella Scaringella de Leone. La Sala determinó su competencia para conocer del caso, señalando que el Juzgado Tercero era el tribunal competente para conocer de la acción de amparo interpuesta contra una sentencia que declaró sin lugar una demanda de desalojo por falta de pago. Finalmente, se ordenó remitir el expediente al Juzgado Tercero para su tramitación.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Determinada la competencia, pasa esta Sala a pronunciarse respecto del fondo del asunto sometido a su conocimiento, y a tal fin observa lo siguiente: El 30 de julio de 2010, el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro decidió lo que a continuación se transcribe: Este tribunal, una vez realizada una exhaustiva revisión de las actas que forman parte de la acción de amparo constitucional, en contra de la sentencia definitiva proferida el día 09 de Julio de 2.010, por el Juzgado Segundo de Municipio Miranda del Estado Falcón, incoada por la ciudadana CARNICELLA SCARINGELLA DE LEONE, de nacionalidad Italiana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad N° E-110.563, domiciliada en Corato, Provincia de Bari,Republica de Italia, debidamente representada por el abogado NUMA MIRANDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: 1.- Esta Sala Constitucional se declara COMPETENTE para conocer del conflicto de competencia planteado entre el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, y el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial de Estado Falcón, con sede en Coro. 2.- El Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, es el tribunal COMPETENTE para conocer de la acción de amparo interpuesta por el abogado Numa José Miranda Hidalgo, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana LUISA CARNICELLA SCARINGELLA DE LEONE contra la sentencia dictada, el 09 de julio de 2010, por el Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en la cual se declaró sin lugar la demanda de desalojo interpuesta por la demandante y hoy accionante contra el Sindicato de Obreros Educacionales del Estado Falcón (SINDE). En consecuencia, se ORDENA remitir el expediente al referido Tribunal.