Sentencia N° 965 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de febrero de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 965, Exp. 16-0880, 22/11/2017
Expediente16-0880
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-02-23
DecisiónOrdenar

Resumen

La Sala Constitucional recibió una acción de amparo constitucional presentada por Luz Marina Meneses Vásquez, a través de su abogado Mario Antonio Lugo, contra actos lesivos de derechos constitucionales por parte del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de Aragua. La Sala ordenó al juzgado que informe sobre el estado del recurso de apelación ejercido por la accionante, en un plazo de cinco días, advirtiendo que el incumplimiento conllevaría sanciones.

Extracto de la motiva

Ahora bien, por cuanto del expediente remitido no se desprende información que resulte suficiente para la resolución del presente asunto, esta Sala Constitucional estima pertinente ORDENAR al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, que informe dentro de los cinco (5) días siguientes, contados a partir de su notificación, más dos (2) días del término de la distancia, de conformidad con el artículo 205 del Código de Procedimiento Civil, el estado en el que se encuentra el recurso de apelación ejercido por la ciudadana Luz Marina Meneses Velásquez, asistida de abogado, contra la decisión dictada el 25 de septiembre de 2014 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la referida Circunscripción Judicial, en el marco del juicio por cumplimiento de contrato incoado por el ciudadano Frendy Rainer Bastidas Torrez contra la referida ciudadana y, en caso de haber dictado sentencia, remita copia certificada de la misma.

Dispositiva

ORDENAR al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, que informe dentro de los cinco (5) días siguientes, contados a partir de su notificación, más dos (2) días del término de la distancia, de conformidad con el artículo 205 del Código de Procedimiento Civil, el estado en el que se encuentra el recurso de apelación ejercido por la ciudadana Luz Marina Meneses Velásquez, asistida de abogado, contra la decisión dictada el 25 de septiembre de 2014 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la referida Circunscripción Judicial, en el marco del juicio por cumplimiento de contrato incoado por el ciudadano Frendy Rainer Bastidas Torrez contra la referida ciudadana y, en caso de haber dictado sentencia, remita copia certificada de la misma.

Palabras clave

amparo constitucionalsancionesnotificacióntribunal supremocompetencia

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