Sentencia N° 965 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de julio de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 965, Exp. 11-1310, 03/07/2012
Expediente11-1310
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2012-07-03
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Argenis González, actuando en representación de Arelys del Valle Barreto Hernández, contra la sentencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, que declaró inadmisible la acción de amparo. La Sala argumentó que la parte actora no agotó las vías judiciales ordinarias antes de acudir al amparo, lo que configura la causal de inadmisibilidad prevista en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
La Sala considera que el amparo constitucional es una acción de carácter extraordinario, por lo que su procedencia está limitada a aquellos casos en los que sean violados de manera directa, inmediata y flagrante derechos subjetivos de rango constitucional. En este caso, la parte actora contaba con recursos ordinarios para impugnar la medida de privación judicial preventiva de libertad, como el recurso de apelación y la solicitud de revocación o sustitución de la medida, lo que hace inadmisible la acción de amparo.
Dispositiva
DECIDE: PRIMERO.: Decreta la Aplicación de procedimiento Ordinario, por cuanto se requiere realizar diligencias de investigación necesarias para el esclarecimiento de los hechos, a la ciudadana ARELYS DEL VALLE BARRETO HERNÁNDEZ. SEGUNDO: Se ratifica la Medida Privativa de Libertad a la ciudadana ARELYS DEL VALLE BARRETO HERNÁNDEZ, por lo que se declara sin lugar la solicitud de la defensa privada de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad.
Palabras clave
amparo constitucionalprivación de libertaddebido procesoincompetencia