Sentencia N° 963 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de julio de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 0963, Exp. 22-0511, 21/07/2023
Expediente22-0511
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-07-21
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Elías Antonio Castro Guerra y María del Carmen Navas Alvarado en representación del Teniente Coronel Adrián Madero Vargas. La acción fue presentada contra la omisión de la Corte Marcial en informar sobre la remisión de una apelación. La Sala argumenta que los abogados no presentaron el poder que los acreditara como defensores del accionante, lo que constituye una falta de legitimidad para actuar en juicio.

Extracto de la motiva

Por lo precedentemente expuesto, no resulta suficiente que los abogados accionantes, hayan consignado –en copias simples e ilegible- la designación efectuada ante el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Penal Militar del Estado Aragua, con sede en Maracay, toda vez, que es imprescindible que la persona que actúa como abogado debe consignar el documento poder debidamente otorgado que acredite la representación ante este Máximo Tribunal, con el fin de verificar dicho carácter, carga que no puede suplir esta Sala, pues corresponde única y exclusivamente a quien pretende del órgano jurisdiccional el acto de administración de justicia, máxime cuando ello es necesario a los fines de determinar la admisibilidad de la tutela constitucional ejercida, visto lo cual, debe esta Sala declarar la inadmisibilidad de la acción de amparo constitucional interpuesta, conforme al artículo 133.3 de la Ley que rige las funciones de esta Alto Tribunal. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Elías Antonio Castro Guerra y María del Carmen Navas Alvarado, ya identificados, respectivamente, quienes manifiestan actuar en nombre y representación del ciudadano TENIENTE CORONEL ADRIÁN MADERO.

Palabras clave

amparo constitucionalinadmisibilidadrepresentaciónpoderCorte Marcialjusticia militar

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