Sentencia N° 963 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de julio de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 963, Exp. 12-1263, 16/07/2013
Expediente12-1263
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-07-16
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión presentada por la ciudadana Cynthia Loreta López, a través de su abogado, en relación a varias sentencias que declararon con lugar una oferta real de pago hecha por Jorge Tardiu D'Aosto. La Sala determinó que la revisión no contribuiría a la uniformidad de la interpretación de normas y principios constitucionales, ya que la decisión impugnada cumplió con los requisitos establecidos en el Código Civil para la validez de la oferta real de pago. Finalmente, se declaró no ha lugar la solicitud de revisión.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el abogado Ismael Fernández de Abreu, actuando en representación de la ciudadana Cynthia Loreta López, solicitó la revisión de las sentencias que dictaron el 14 de julio de 2010, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 9 de febrero de 2011 por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la misma Circunscripción Judicial y el 24 de noviembre de 2011 por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, todas en el curso de la oferta real de pago efectuada por el ciudadano Jorge Tardiu D´Aosto a favor de su representada. La primera de las referidas sentencias declara con lugar la oferta real propuesta, por su parte, el Juzgado Superior Octavo confirmó al alzada dicha decisión, para luego advertirse como la decisión que dictó la Sala de Casación Civil declaró sin lugar el recurso de casación anunciado contra la sentencia del juzgado de alzada, confirmando la declaratoria con lugar de la oferta de pago realizada.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por el abogado Ismael Fernández de Abreu, actuando en representación de la ciudadana CYNTHIA LORETA LOPEZ, contra la sentencia dictada el 24 de noviembre de 2011 por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia.
Palabras clave
revisiónoferta de pagocosa juzgadajurisprudenciaconstitucionalidadCódigo Civildecisión judicial