Sentencia N° 962 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de julio de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 962, Exp. 15-0337, 23/07/2015
Expediente15-0337
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-07-23
DecisiónHomologa el desistimiento
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre la apelación interpuesta por el abogado Luis Garban Zurita en representación de Álvaro Gorrin Ramos, quien había solicitado un amparo constitucional. El abogado desistió de la acción de amparo, lo que llevó a la Sala a pronunciarse sobre la competencia para conocer del caso. La Sala concluye que el desistimiento es procedente y homologable, dado que se han cumplido las condiciones necesarias para ello.
Extracto de la motiva
La acción de amparo se fundamentó en la presunta violación de sus derechos constitucionales al debido proceso, tutela judicial efectiva y el ejercicio a la defensa, previstos los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Al respecto, el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, prevé: “Quedan excluidas del procedimiento constitucional del amparo todas las formas de arreglo entre las partes, sin perjuicio de que el agraviado pueda, en cualquier estado y grado de la causa, desistir de la acción interpuesta, salvo que se trate de un derecho de eminente orden público o que pueda afectar las buenas costumbres. El desistimiento malicioso o el abandono del trámite por el agraviado será sancionado por el Juez de la causa o por el Superior, según el caso, con multa de dos mil Bolívares (Bs. 2.000,00) a cinco mil Bolívares (Bs. 5.000,00)”. De la norma transcrita se observa que el legislador otorga al accionante en amparo -presunto agraviado- la posibilidad de desistir de la acción interpuesta, como único mecanismo de autocomposición procesal, siempre que no se trate de la violación de un derecho de orden público o que pueda afectar las buenas costumbres.
Dispositiva
HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Luis Garbán Zurita, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano Álvaro Gorrín Ramos. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Tribunal de origen.
Palabras clave
amparo constitucionalderecho a la defensadilación indebidadebido procesotutela judicial efectiva