Sentencia N° 960 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de mayo de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 960, Exp. 03-1203, 24/05/2004
Expediente03-1203
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-05-24
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Víctor José Colina contra la sentencia nº 6 del 12 de noviembre de 2002, dictada por la Sala de Casación Civil. La Sala argumenta que no existe un tribunal superior que pueda conocer de la acción, dado que la Sala de Casación Civil es el máximo tribunal en la jerarquía judicial. Además, se señala que la acción de amparo no puede ser interpuesta contra decisiones de la Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en cualquiera de sus Salas.
Extracto de la motiva
Resulta claro que el único recurso que procede contra las sentencias de las demás Salas de este Supremo Tribunal es el de revisión, lo cual se confirma al verificar que el artículo 6, numeral 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales dispone como causal de inadmisibilidad de la acción de amparo, su interposición contra decisiones emanadas de la Corte Suprema de Justicia -hoy Tribunal Supremo de Justicia- en cualquiera de sus Salas. Con fundamento en lo anterior, esta Sala juzga que la acción de amparo constitucional propuesta contra las presuntas violaciones a derechos y garantías constitucionales en que presuntamente habría incurrido la Sala de Casación Civil de este Supremo Tribunal, en el expediente n° 00-985 es inadmisible, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6, numeral 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano VICTOR JOSÉ COLINA, asistido por los abogados Douglas Felipe Olivares y Luis Felipe Maita, contra la sentencia nº 6 del 12 de noviembre de 2002, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, se ordena a la Secretaría de la Sala el archivo del expediente.
Palabras clave
amparo constitucionaltutela judicial efectivadebido procesosentencia inadmisibleSala de Casación Civilderechos constitucionalesrevisión de sentencias