Sentencia N° 96 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de marzo de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 0096, Exp. 21-0247, 08/03/2023
Expediente21-0247
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-03-08
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 8 de marzo de 2023, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada Marisol Fermín Mendoza, apoderada de la ciudadana Marthina del Carmen Ramos Prado, contra la decisión del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, que había declarado inadmisible la acción de amparo constitucional. La Sala fundamentó su decisión en que el amparo no es idóneo para juzgar las delaciones manifestadas por la parte accionante, ya que el proceso de amparo constitucional no es un mecanismo sustitutivo de la vía ordinaria cuando la parte interesada no aplica debidamente los medios recursivos previstos en la ley.

Extracto de la motiva

MOTIVACIÓN PARA DECIDIR Determinada la competencia, pasa esta Sala a pronunciarse sobre el recurso de apelación ejercido y, a tal efecto, observa lo siguiente: Conoce la Sala de la apelación, pura y simple, interpuesta tempestivamente, el 23 de marzo de 2021, por la parte accionante contra la decisión dictada el 17 de marzo de 2021, por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante la cual declaró inadmisible la acción IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 8 de 13 de amparo constitucional interpuesta, con fundamento en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley

Dispositiva

1.- Su COMPETENCIA para conocer el recurso de apelación ejercido por la parte accionante contra la decisión dictada el 17 de marzo de 2021, mediante la cual el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por la apoderada judicial de la ciudadana MARTHINA DEL CARMEN RAMOS PRADO, titular de la cédula de identidad número 14.029.902, contra “las actuaciones judiciales realizadas por la Ciudadana Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, realizadas en el asunto signado con el alfanumérico KP02-M-2019-001919”. 2.- SIN LUGAR el referido recurso de apelación. 3.- CONFIRMA el fallo apelado.

Palabras clave

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