Sentencia N° 96 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de febrero de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 96, Exp. 14-1217, 19/02/2015
Expediente14-1217
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-02-19
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en relación a un amparo constitucional interpuesto por la empresa Productos en Arcilla Lauger C.A. contra la omisión de un juez ad-hoc que afectó su derecho a la tutela judicial efectiva. La Sala ordenó al Juzgado Superior Civil que informara sobre el estado de la causa y los despachos realizados por el juez desde octubre de 2013 hasta la fecha de la decisión. Se advirtió sobre las sanciones por incumplimiento de esta orden.

Extracto de la motiva

Ahora bien, por cuanto de la lectura del escrito contentivo de la pretensión de amparo constitucional y de los documentos acompañados a ésta se desprende, fundamentalmente, que en el caso de autos se denunció la presunta violación de los derechos a la tutela judicial efectiva por la omisión y falta de actuación judicial del ciudadano Heber José Pérez Ariza, juez ad-hoc del Juzgado Superior Accidental Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, al no despachar en las oportunidades que fue fijado por el tribunal ad hoc para ello, lo que le ha impedido ejercer su derecho a la defensa y, por ende, ha lesionado su derecho a la tutela judicial efectiva, pues el resultado final de esa omisión es la denegación de justicia.

Dispositiva

ORDENA al Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que informe, dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación del presente auto, más el término de la distancia de cinco (5) días: (i) el estado actual de la causa signada bajo el Nro. 5.705 (número de ese Tribunal), cuya decisión fue dictada en fecha 16 de octubre de 2013, contra la cual refiere la parte actora haber ejercido recurso de casación; (ii) los días en que el Tribunal ad hoc a cargo del ciudadano juez Heber José Pérez Ariza ha dado despacho desde el mes de octubre de 2013 hasta la fecha en que emita la información.

Palabras clave

amparo constitucionaltutela judicial efectivaomisión judicialderecho a la defensajusticia

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