Sentencia N° 96 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de febrero de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 96, Exp. 10-1116, 17/02/2012
Expediente10-1116
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-02-17
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda de amparo interpuesta por Néstor J. Contreras Salazar en representación de Olga Carolina Zamora Zamorano, por inepta acumulación de pretensiones. La demanda buscaba la desaplicación de un artículo de la Ley de Tránsito Terrestre y la exigencia de un reglamento que no había sido promulgado por el Poder Ejecutivo, así como la protección de derechos colectivos y difusos. La Sala argumenta que la pretensión excede el ámbito del amparo constitucional y se encuentra en el ámbito del contencioso administrativo.

Extracto de la motiva

La representación de la parte demandante invoca la protección constitucional en aspectos relacionados con la desaplicación de una disposición normativa (aparte único del artículo 63 de la Ley de Tránsito Terrestre). Se impetra a su vez al Ejecutivo Nacional promulgue el reglamento correspondiente conforme lo dispone la referida norma legal. Asimismo, se interpone la demanda contra el Ministerio del Poder Popular para la Salud, ante la falta de expedición de los certificados médicos integrales, y solicita se proteja al colectivo prohibiendo a las autoridades competentes la exigencia del certificado médico integral hasta tanto se regularice los mecanismos para su expedición, en particular el Instituto Autónomo de Transporte y Estrategia Superficial del Municipio Sucre; por último, peticionó se deje sin efecto el acto administrativo de multa que la sancionó por tener el certificado médico vencido.

Dispositiva

Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE por inepta acumulación de pretensiones la demanda de amparo constitucional interpuesta por el abogado Néstor J. Contreras Salazar, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana OLGA CAROLINA ZAMORA ZAMORANO. Publíquese, regístrese, notifíquese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparoinadmisibilidadacumulación de pretensionesjurisdiccióncontencioso administrativoLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia

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