Sentencia N° 96 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de marzo de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 96, Exp. 09-1093, 08/03/2010
Expediente09-1093
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2010-03-08
DecisiónINCOMPETENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se declaró incompetente para conocer del amparo constitucional interpuesto por MAVEMPRO, S.A. contra el SENCAMER, debido a que la situación denunciada surgió de un acto administrativo. La Sala determinó que la competencia corresponde al Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital. Se ordenó la remisión del expediente al órgano competente.

Extracto de la motiva

El caso que nos ocupa versa sobre una pretensión de amparo constitucional interpuesta por el apoderado judicial de MAVEMPRO, S.A., ya identificada, contra el Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos (SENCAMER), con ocasión de la retención por parte de dicho Servicio, de productos de higiene bucal que eran distribuidos por la accionante a la farmacia Melicar, C.A., afiliada a la cadena FARMAPLUS. Ahora bien, esta Sala mediante su decisión No. 1 del 20 de enero de 2000 (caso: “Emery Mata Millán”), estableció su competencia para conocer de los amparos constitucionales ejercidos conforme a la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. En efecto, de conformidad con lo señalado en dicha decisión, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 2 y 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, corresponde a esta Sala conocer de las pretensiones de amparo constitucional que se interpongan contra las omisiones o las sentencias emitidas por los Tribunales Superiores (excepto los contencioso-administrativos), las Cortes de lo Contencioso Administrativo y las Cortes de Apelaciones en lo Penal, cuando lesionen algún derecho constitucional.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la pretensión de amparo constitucional interpuesta por el apoderado judicial de MAVEMPRO, S.A., contra el Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos (SENCAMER). En consecuencia, DECLINA el conocimiento de la presente causa en el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital al que corresponda el asunto de autos, previa distribución, por lo que se ordena la remisión del presente expediente.

Palabras clave

amparo constitucionalcompetenciatutela judicialderechos fundamentalescontencioso administrativo

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