Sentencia N° 958 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de noviembre de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 958, Exp. 17-0413, 15/11/2017
Expediente17-0413
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-11-15
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se reconoce el interés colectivo y difuso en relación con derechos fundamentales. Los ciudadanos solicitantes presentaron una demanda para el reconocimiento de sus derechos, fundamentándose en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La Sala admitió la solicitud y ordenó notificaciones a diversas instituciones, así como la presentación de documentos que acrediten el estado civil de los solicitantes.

Extracto de la motiva

La Sala, en atención a lo señalado en la sentencia N° 399, del 1° de junio de 2017, citada supra, ordena separar la continencia de la causa relacionada con el ciudadano José Luis Rangel Ramírez, y que se forme un expediente, tal como se hizo con los demás peticionantes. Por otro lado, con relación a la solicitud del ciudadano Juan Manuel Ramírez Ramírez, en su carácter de Presidente de la Asociación Civil Sociedad Movimiento Somos, se acepta como tercera interesada a la referida Asociación Civil. A tal efecto, se precisa igualmente que dicha Asociación Civil podrá intervenir, con ese carácter, en la audiencia oral que se celebrará en el caso bajo de autos.

Dispositiva

Notifíquese a los ciudadanos José Luis Rangel Ramírez y Juan Manuel Ramírez Ramírez, conforme con lo señalado en el numeral 3 del artículo 91 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

interés colectivoderechos humanosconstitucionalidad

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