Sentencia N° 956 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de junio de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 956, Exp. 10-1257, 15/06/2011
Expediente10-1257
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-06-15
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por la Fiscal Luisa Moreno contra la decisión de la Corte de Apelaciones que confirmó la nulidad absoluta de la acusación fiscal contra Marcel Faas. La Sala argumentó que la decisión impugnada vulneraba derechos constitucionales, como el debido proceso y la tutela judicial efectiva, al no realizar una imputación formal adecuada. La sentencia concluyó que la acción de amparo era procedente y ordenó notificaciones pertinentes a las partes involucradas.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, se declara competente para conocer el amparo ejercido y admite la acción de amparo constitucional ejercida por la abogada Luisa Moreno, en su carácter de Fiscal encargada Cuadragésima Octava del Ministerio Público con competencia plena a Nivel Nacional, contra la decisión dictada el 16 de abril del 2010, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, que declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido contra el fallo dictado el 13 de agosto del 2009, y en consecuencia, confirma la decisión emitida por el Tribunal Tercero en Funciones de Control de dicho Circuito Judicial Penal, que decretó la Nulidad Absoluta de la acusación Fiscal, en contra del ciudadano Marcel Faas, por la comisión del delito de Uso de Permiso de Residencia Falso, contemplado en el articulo 326, numeral Tercero del Código Penal Venezolano, por la supuesta violación de sus derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y a la administración de justicia, previstos en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, se declara COMPETENTE para conocer el amparo ejercido y ADMITE la acción de amparo constitucional ejercida por la abogada Luisa Moreno, en su carácter de Fiscal encargada Cuadragésima Octava del Ministerio Publico con competencia plena a Nivel Nacional, contra la decisión dictada el 16 de abril del 2010, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, que declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido contra el fallo dictado el 13 de agosto del 2009, y en consecuencia, confirma la decisión emitida por el Tribunal Tercero en Funciones de Control de dicho Circuito Judicial Penal, que decretó la Nulidad Absoluta de la acusación Fiscal, en contra del ciudadano Marcel Faas, por la comisión del delito de Uso de Permiso de Residencia Falso, contemplado en el articulo 326, numeral Tercero del Código Penal Venezolano, por la supuesta violación de sus derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y a la administración de justicia, previstos en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Palabras clave
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