Sentencia N° 955 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de noviembre de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 955, Exp. 17-0686, 13/11/2017
Expediente17-0686
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-11-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en respuesta a una demanda presentada por varios ciudadanos en busca del reconocimiento de intereses colectivos y difusos. La demanda fue admitida y se ordenó notificar a diversas instituciones para que informaran sobre el estado civil de los solicitantes. Además, se estableció la necesidad de realizar una audiencia oral y pública para escuchar a testigos expertos sobre el caso, con el fin de formar un mejor criterio para la decisión final.

Extracto de la motiva

La Sala observa que, el procedimiento de autos se ventila conforme al artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que, de acuerdo a la disposición sobre normas supletorias contenida en el artículo 116 eiusdem y el artículo 370, ordinal 3° del Código de Procedimiento Civil, se acepta como tercera interesada a la referida Asociación Civil. A tal efecto, se precisa que dicha Asociación Civil podrá intervenir, con ese carácter, en la audiencia oral que se fijará en la oportunidad respectiva.

Dispositiva

Notifíquese a la Asociación Civil Venezuela conforme a lo señalado en el numeral 3 del artículo 91 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

intereses colectivosderechos humanosacción constitucional

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