Sentencia N° 953 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de julio de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 0953, Exp. 23-0204, 18/07/2023
Expediente23-0204
PonenteTANIA D’ AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-07-18
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de amparo constitucional interpuesto por las empresas REPUESTOS STAR MOTOR, C.A. y UNIDAD INTEGRAL DERMOCOSMIATRA, alegando obstrucción en los trámites para declarar y pagar impuestos municipales. Se argumentó que la Superintendencia Tributaria del Municipio Caroní condiciona el acceso a sus servicios a pagos previos de tasas de aseo urbano, lo que constituye una infracción al debido proceso. La Sala decidió ordenar a la Superintendencia que informe sobre la existencia de solicitudes o trámites administrativos introducidos por las empresas demandantes.
Extracto de la motiva
Esta Sala Constitucional, previo a pronunciarse sobre el recurso de apelación, de conformidad con el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ORDENA a la Superintendencia de Tributos Municipales del Estado Bolívar, que informe a esta Sala: a) si existe alguna solicitud o trámite administrativo introducido ante sus oficinas por parte de las empresas REPUESTOS STAR MOTOR, C.A. y UNIDAD INTEGRAL DERMOCOSMIATRA en su condición de contribuyentes, en virtud que los mismos denuncian que intentan cumplir con la obligación de declarar y pagar sus impuestos municipales mediante el correspondiente trámite y están siendo impedidos a realizarlo, condicionándolos a que hayan realizado previamente pagos por la tasa de aseo urbano, cuando a su decir este mecanismo de presión no tiene fundamento en previsión legal alguna, y de ser cierto, b) deberá remitir información con el acompañamiento de la documentación respectiva, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, más seis (6) días correspondientes al término de la distancia.
Dispositiva
ORDENA a la Superintendencia de Tributos Municipales del Estado Bolívar, que informe a esta Sala: a) si existe alguna solicitud o trámite administrativo introducido ante sus oficinas por parte de las empresas REPUESTOS STAR MOTOR, C.A. y UNIDAD INTEGRAL DERMOCOSMIATRA en su condición de contribuyentes, y de ser cierto, b) deberá remitir información con el acompañamiento de la documentación respectiva, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, más seis (6) días correspondientes al término de la distancia.
Palabras clave
amparo constitucionalimpuestos municipalesdebido proceso